ESCRITURACIÓN

AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR

Esta figura es conocida como de la doble firma. Consiste en que al momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa de bien inmueble que este siendo adquirido por una persona casada con sociedad conyugal vigente o por una persona soltera con unión marital de hecho y destinada para la vivienda de la familia, debe afectarse a vivienda familiar por ministerio de la ley. Si no quisiera el comprador que la vivienda sea afectada por ministerio de la ley tiene que estar en ese momento presente su cónyuge o compañero (según el caso) para hacer tal manifestación y deberán firmar ambos en la escritura pública.

La vivienda afectada queda a paz y salvo de la inscripción de cualquier medida cautelar (embargo), con posterioridad a su inscripción en registro, y con la única excepción reservada para el acreedor hipotecario que si puede perseguir ejecutivamente el bien inmueble.

Igualmente esta figura impide que uno solo de los esposos o de los compañeros según sea el caso, pueda vender el bien inmueble sin la firma del otro; porque previamente se requiere de la cancelación de la afectación a vivienda familiar mediante escritura pública en la cual se requiere que comparezcan ambos cónyuges o compañeros. Una vez se cancele dicha afectación se puede vender libremente el bien inmueble.

CANCELACIÓN A LA AFECTACIÓN DE VIVIENDA FAMILIAR

En cualquier momento que los interesados tomen la decisión de cancelar la afectación a vivienda familiar lo pueden hacer mediante escritura pública, copia de la cual y con los respectivos certificados que expida la Notaría deben llevarlos la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos que corresponda a la ubicación del bien inmueble para su correspondiente inscripción.

Si los dueños del bien inmueble afectado quieren venderlo pueden proceder en la misma escritura pública como primer acto a cancelar la afectación a vivienda familiar para lo cual deben comparecer ambos cónyuges o ambos compañeros según el caso y como segundo acto pueden proceder a vender, quien sea el titular del dominio.

Requisitos para la escritura de cancelación de la afectación a vivienda familiar:

  • Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de ambos esposos o compañeros.
  • Certificado de Tradición y Libertad.
  • Copia de la escritura por la cual son propietarios.
  • Solicitud ante Notaría para la cancelación.

AUTORIZACIÓN PERMANENTE PARA SALIDA DEL PAÍS DE UN MENOR

Una autorización permanente para la salida del país de un menor es un documento legal que permite a un menor de edad viajar fuera del país de manera continua, sin necesidad de solicitar autorización específica para cada viaje. Este tipo de autorización es otorgado por los padres o representantes legales del menor y, generalmente, debe cumplir con ciertos requisitos legales para ser válida.

Para realizar escritura pública dando autorización indefinida a un menor de edad para salida del país se requiere:

  • Registro civil de nacimiento del menor.
  • Fotocopia de las cédulas de sus padres.

CANCELACIÓN PATRIMONIO DE FAMILIA

La cancelación del patrimonio de familia es un proceso legal que permite levantar la protección jurídica que se había establecido sobre un bien inmueble para hacerlo inembargable. Este trámite puede realizarse por diferentes razones, como la mayoría de edad de los hijos beneficiarios, la liquidación de la sociedad conyugal, o la intención de vender el inmueble.

Procedimiento general:

  • Si no hay hijos menores de edad, el trámite puede realizarse ante una notaría mediante escritura pública.
  • Si hay hijos menores, el proceso debe realizarse ante un juez de familia, quien evaluará la solicitud para proteger los derechos de los menores.

COMPRAVENTA

Trámite legal en el que se realiza la transferencia de un bien (generalmente un inmueble) de una persona a otra a través de una escritura pública en una notaría. Este proceso garantiza que la transacción cumple con los requisitos legales, posteriormente se tiene que registrar la escritura pública ante la oficina de instrumentos públicos correspondiente.

CORRECCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL

La Ley, ha dado la oportunidad a las personas, de efectuar las correcciones que sean necesarias en los registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción, este es un trámite legal que permite rectificar errores en los datos registrados, como nombres, fechas, lugares, o cualquier inconsistencia que afecte la veracidad del documento. Este proceso asegura que la información reflejada en el registro civil sea precisa y acorde a la realidad.

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